Normativa:
Acuerdo de 10 de diciembre de 2025 del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, relativo a la regulación de la situación del estudiantado en el proceso de modificación de las titulaciones oficiales de Grado y de Máster universitario.
Extinción:
Los planes de estudio se extinguirán de forma progresiva, curso por curso, quedando sin docencia las asignaturas que los integran, al tiempo que se implantarán, también curso por curso, las asignaturas correspondientes a los nuevos planes que los sustituyan.
El estudiantado que haya iniciado sus estudios en un plan declarado a extinguir tendrá derecho a finalizarlos conforme a dicho plan, con los siguientes límites académicos:
- Quienes se matriculen por primera vez en asignaturas en proceso de extinción podrán hacerlo, con carácter general, en un máximo de dos, además del Trabajo Fin de Estudios.
- Quienes hayan estado matriculados en asignaturas que dejan de impartirse y no las hayan superado podrá matricularse de ellas sin docencia durante los dos cursos académicos siguientes.
- El estudiantado matriculado en asignaturas sin docencia tendrá derecho a:
- Dos convocatorias durante el primer curso académico.
- Tres convocatorias durante el segundo curso académico.
En ambos casos, siempre que no haya agotado el límite máximo de seis convocatorias establecido con carácter general.
CUADRO DE EXTINCIÓN/IMPLANTACIÓN

Concluido el proceso de extinción, el estudiantado que no hubiera finalizado sus estudios en el plan extinguido deberá adaptarse al nuevo plan de estudios, siempre que las normas de permanencia de la Universidad de Zaragoza se lo permitan.
ADAPTACIÓN
La adaptación consiste en el paso del plan de estudios en extinción antiguo al plan que lo sustituye. Este proceso se realizará mediante una tabla de equivalencias, en la que se indicarán las asignaturas del plan anterior que serán adaptadas al nuevo.
Quien solicite la adaptación a los estudios de Grado deberá tener en cuenta, además de la normativa general, las siguientes condiciones:
- Únicamente serán objeto de adaptación las asignaturas aprobadas en el plan de estudios en extinción.
- Las calificaciones obtenidas en las asignaturas aprobadas se conservarán en el nuevo plan de estudios.
- La adaptación de asignaturas no conllevará coste económico alguno, salvo que la normativa vigente sobre precios públicos establezca lo contrario.
- El estudiantado que desee adaptarse al nuevo plan de estudios deberá presentar una solicitud a través de solicit@ dentro del plazo de matrícula.
